Impuestos para Diseñadores Gráficos: Justificación
Uno de las tareas mas complicadas al momento que un diseñador se enfrenta al conseguir un empleo, es su falta de comprensión en los sistemas de contratación que ejercen sus empleadores.
Esta incapacidad y desconocimiento es aprovechada para prácticamente imponer abusos e ilegalidades a en la firma de un contrato laboral. Es así que debemos incorporar de forma paralela con la carrera, los conocimientos económicos y legales para una mejor vida profesional.
Siendo así, el Diseño Grafico se justifica como actividad interdisciplinaria; es decir, el Diseño grafico es una actividad que se realiza mediante la aplicación de diversas practicas profesionales con actividades especificas (fotografía, ilustración, Diseño, Animación, etc.) que se integran para la realización de un mismo fin (desde una Campaña Publicitaria hasta un Flyer).
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De acuerdo a la Secretaria de Hacienda, el ejercer una actividad lucrativa (empleo, freelance, Despacho) basado en el conocimiento de una actividad profesional (diseño, ilustración, etc.) sobre el empleo de maquinas, herramientas, equipos u otros bienes de Capital (computadoras, Cámaras, Escáneres, etc.) entran como una persona con derechos (Seguridad Social, Educación, etc.) y obligaciones (pago de impuestos) frente a un ente publico (Estado).
Cuando la actividad (el diseñar) se realiza en las instalaciones al que se le presta el servicio (agencia, despacho, etc.) y se recibe un ingreso (salario) bajo las condiciones pactadas (contrato, bajo palabra, etc.) podemos decir que el diseñador se convierte en una persona física que obtiene sus ingresos bajo el compromiso de expedir un recibo de honorarios.
Es necesario aclarar que las condiciones pactadas pueden variar de un trabajo a otro y que en lo general podemos decir que no existe un horario de trabajo, lugar fijo para la prestación del servicio o subordinación de ningún tipo. Solamente la prestación del servicio.
Para no hacerlo pesado, en la siguiente entrega podemos empezar a desglosar cada uno de los términos que afectan el pago de impuestos. Si alguna persona requiere aclarar algún termino o enriquecerlo con su experiencia con gusto se actualiza el tema.





Interesante tocar estos temas, esperaré la continuación para dar mis impresiones basadas en experiencia subjetiva igual podemos intercambiar puntos de vista y situaciones personales.
Pues llegé a las oficinas de SAT, sin saber absolutamente nada de estos temas y dije: ¿soy diseñador freelance, qué hago?
La señora, después de buscar en su lista de ocupaciones, me dijo que lo más parecido que había era “Diseño de Modas”, por lo que en lo que a Hacienda se refiere, soy modisto. Me pareció razonable.
Acabé como “persona física con actividades empresariales”, pero cada persona a la que le digo me dice que pude haber estado en otro rango mejor (con menos impuestos), pero cada quien me da uno distinto. Al final, el de la impresora oficial me dijo que no podía hacer recibos de honorarios, que tendría que dar facturas. Hasta el momento no he tenido mayor problema con eso (salvo que he echado a perder dos facturas por errores al llenarlas y por lo visto eso es un gran problema y debe uno de evitarlo a toda costa).
Pues yo también estoy en el club de “no se como registrarme ante Hacienda” un amigo contador me dijo que lo mejor seria como “persona física con actividades empresariales”, tal como lo comenta Jorge Pinto… pero si hay una mejor forma (con menos impuestos) me encantaría saberla, saludos ;)
mmmmm si igual yo ando sin registrame en hacienda, y ya van dos veces que se me atraso la paga por no poder facturar, en la escuela no recuerdo que no hayan dado aunquesea un minima platica de eso (y eso que lleva una materia que se llamaba costos y presupuestos, donde se ve eso)… pero bueno… tambien una diseñadora de modas local me dijo que esta asi como “persona física con actividades empresariales” y que deduce por honorarios y que pues nadamas factura cosas grandes y que en la lista la pusieron como “servicios de diseño” (no especicando industrial grafico , de modas etc, en teoria podria facturar cualquiero cosa que venda como “diseño”)
ourale.. yo no soy freelance, porque creo que me ocasiona más problemas que ganancias.. :( pero si algun día lo fuera y tuviera que registrarme en hacienda, no tendría ni idea de como hacerlo. Que chido esta el tema, nos orienta un poco a los perdidos como yo :P
Yo doy recibos de honorarios pero no reporto nada a hacienda, tengo 6 años asi y no ha pasado nada, es pura mentira :)
Hola a todos yo ya estuve registrado en hacienda y efectivamente estuve como persona fisica con actividad empresarial, trabajando por mi cuenta y claro creo que eso fue benefico por que despues me hicieron devolucion de dinero y claro trate de evitar el error de mis clientes “el hacerlo yo mismo”, asi como a nosotros nos patean los clientes que se creen diseñadores opte por lo correcto y le pedi a un amigo de años que es contador que tomara mi cuenta y no olvidemos que si queremos las cosas bien debemos recurrir a profesionistas eso ayudara a crear cultura de respeto por las profeciones. Adios a todos.
[...] con esta serie de argumentos para el pago de impuestos, podemos quedar en que debemos inscribirnos en el Registro Federal de [...]
Hola aqui en colombia, nos dan en la cabeza, no con los impuestos si no los contratadores, pues creen que el diseño se hace copiando y pegando fotos de google y organizando todo en paint… por lo de impuestos, aqui en colombia existe el R.U.T ami no me toca pagar ningun impuesto pero con eso estoy registrado como un trabajador independiente que existo ante el estado.